¿QUÉ SON?
Incumplimiento de cualquier obligación electoral contenida en la LEGIPE o la LGPP: no seguir las reglas de registros de mujeres en distritos perdedores, no cumplir con la alternancia y/o las reglas de financiamiento. La responsabilidad generada por las infracciones electorales no es excluyente de la responsabilidad penal o penal electoral.
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